José Bollaín. Usufructo

La legislación es clara y así te lo explica José Bollaín: alquilar una vivienda en usufructo es posible porque se puede disfrutar de ese bien de la forma en que se desee.

En el despacho de José Bollaín, el usufructo es una herramienta que utilizamos con frecuencia a la hora de redactar testamentos. Es una práctica muy habitual entre cónyuges. De hecho, ha sido utilizado tradicionalmente casi como un seguro para viudas que, con esta figura, veían sus intereses protegidos en el último tramo de su vida.

A propósito del usufructo, en el despacho de José Bollaín recibimos hace poco a una de estas viudas que había heredado de su esposo el usufructo de la vivienda. La casa le pertenecía solo a él, compartieron durante años. La nuda propiedad de esa vivienda pasaba al hijo del fallecido, fruto de un anterior matrimonio, y nuestra clienta se estaba planteando abandonar esa casa, demasiado grande para sus necesidades, y ponerla en alquiler para incrementar un poco sus ingresos y poder vivir más cómoda en un pequeño apartamento. Su hijastro había sido taxativo: su padre le había dado la posibilidad de seguir viviendo en la que fue su casa común, pero si la abandonaba renunciaba con ello a todos sus derechos.

Alquilar una vivienda en usufructo. O prestarla.

Fue una consulta fácil de resolver porque, en ese sentido, la legislación española es muy clara y así se lo hizo saber José Bollaín: el usufructo implica, precisamente, la posibilidad de disfrutar de un bien de la forma en que desee la persona beneficiaria. En este caso se trataba de una vivienda y la poseedora del usufructo podía elegir si deseaba vivir en la vivienda o prefería alquilarla y quedarse con la renta correspondiente. Podía haber hecho lo mismo en el caso de haber recibido el usufructo un terreno de cultivo (que podría igualmente arrendar para percibir la renta correspondiente), un local comercial o cualquier otro bien.

Derechos y deberes en el usufructo

Si estás pensando en hacer testamento o ya te encuentras ante una herencia en la que aparece un usufructo, desde el despacho de José Bollaín te recordamos los derechos y las obligaciones que tiene una persona que lo recibe:

  • Puede usar el bien sin ser propietario, como podría ser vivir en una casa aún sin ser suya.
  • Puede alquilar esa propiedad y recibir los beneficios correspondientes.
  • Debe encargarse del mantenimiento de ese bien.
  • Debe asumir los impuestos que genere.
  • Y en ningún caso podrá vender ese bien, puesto que no le pertenece.

El usufructo puede, incluso, afectar al dinero en efectivo, como te explicamos en este otro artículo. ¿Mas dudas? Solicita una cita previa con José Bollaín para una primera consulta sin compromiso.

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